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Unión Europea: medidas para proteger a los cerdos de Europa de la PEDV

El SCoFCAH ha revisado las medidas de restricción de las importaciones de cerdos vivos, productos derivados de la sangre porcina y semen porcino para proteger a la población porcina de la UE contra el PEDv.

8 mayo 2014
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Durante la reunión del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal (SCoFCA) que ha tenido lugar esta semana, la Comisión y expertos de los Estados Miembros de la UE revisaron las últimas informaciones sobre el estado de la diarrea epidèmica porcina (PEDv) en América del Norte y Asia así como las posibles medidas para minimizar los riesgos y proteger a los cerdos de la UE. La actual epidemia está causando grandes pérdidas a la industria porcina, en particular en los EE.UU..

Los Estados miembros aprobaron por unanimidad las medidas descritas a continuación relativas a las importaciones de cerdos vivos y al tratamiento de los productos derivados del plasma porcino.

El SCoFCAH revisó las posibles medidas de restricción de las importaciones para proteger a la población porcina de la UE contra la introducción de la enfermedad y, en particular, del Deltacoronavirus emergente en relación con los siguientes productos:

  • Cerdos vivos: las normas sanitarias vigentes para la importación de animales vivos de EE.UU. y Canadá (alrededor de 250 animales el año pasado) son ya muy estrictas (incluyen la cuarentena). Dada la situación actual, las autoridades estadounidenses y canadienses han informado a la UE que no está programado el envío de cerdos vivos a la UE. Estados Unidos ha informado que ningún cerdo se encuentra en el periodo de quarentena pre-exportación de 40 días y de 30 días previos a su exportación hacia la UE. Se ha decidido revisar la adecuación de las condiciones de importación actuales en la próxima reunión del SCoFCAH que tendrá lugar el proximo mes de junio después que el asunto haya sido tratado en la Sesión General de la OIE a finales de mayo;
  • Productos derivados de la sangre de cerdos que pueden ser utilizados para alimentación de los lechones y que están autorizados para su importación a terceros países. El tratamiento térmico inadecuado o la contaminación después del tratamiento térmico pueden conducir a la propagación del virus a través de estos productos. Por lo tanto, el Comité Permanente ha aprobado un proyecto de la Comisión que establece que estos productos sólo podrán ser importados tras ser sometidos a un tratamiento a 80ºC que inactive cualquier Coronavirus presente en el producto, seguido de su posterior almacenamiento durante seis semanas a temperatura ambiente, esto inactivará cualquier virus que pueda haber contaminado el producto después del tratamiento;
  • Semen de cerdo: se concluye que el semen porcino probablemente representa un riesgo insignificante de transmisión de los coronavirus en cuestión y que las medidas estándar de reducción del riesgo para la importación de semen (cuarentena y ausencia de signos clínicos de la enfermedad en el animal donante) ya se realizan, minimizando cualquier posible riesgo.

La Comisión tiene la intención de revisar la situación en la reunión del Comité a principios de junio .

Martes, 6 de mayo de 2014/ DG Health and Consumer/ Unión Europea.
http://ec.europa.eu/food

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