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Unión Europea: la Comisión presenta propuestas sobre clonación animal y nuevos alimentos

La Comisión Europea ha adoptado hoy tres proyectos legislativos sobre clonación animal y nuevos alimentos que reforzarán la seguridad jurídica en este ámbito.

19 diciembre 2013
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La Comisión Europea ha adoptado hoy tres proyectos legislativos sobre clonación animal y nuevos alimentos que reforzarán la seguridad jurídica en este ámbito. Dos propuestas prohibirán el uso de la técnica de la clonación para los animales de granja y la importación de clones de estos animales en la UE. Se prohibirá también la comercialización de alimentos derivados de clones de animales.

Estas propuestas tienen por objeto abordar las preocupaciones relativas al bienestar animal y otras cuestiones éticas relacionadas con esta técnica. El proyecto legislativo sobre nuevos alimentos revisa el actual Reglamento sobre nuevos alimentos con vistas a mejorar el acceso de alimentos nuevos e innovadores al mercado de la UE, manteniendo al mismo tiempo un elevado nivel de protección de los consumidores.

Elementos clave en relación con la clonación

En la UE no se efectuarán clonaciones con fines ganaderos ni se importarán clones para tales fines mientras persistan las preocupaciones relativas al bienestar animal.

En el primer proyecto de Directiva se prevé una prohibición temporal del uso de la técnica de la clonación de animales de granja, así como de la introducción en el mercado de clones de animales y de clones de embriones. En el segundo proyecto de Directiva se garantiza la no introducción en el mercado de la UE de alimentos, como la carne o la leche, procedentes de clones de animales.

No obstante, no se prohibirá la clonación para fines como la investigación, la conservación de razas raras y especies en peligro o el uso de animales para la elaboración de medicamentos y productos sanitarios, si está justificado el uso de esa técnica.

Elementos clave en relación con los nuevos alimentos

De acuerdo con el proyecto de Reglamento, los nuevos alimentos estarían sujetos a un procedimiento de autorización centralizado a nivel de la UE, más sencillo, claro y eficiente, para que los alimentos seguros e innovadores lleguen más rápidamente al mercado de la UE.

Generalmente, se entiende por nuevos alimentos los no consumidos en la UE en cantidades significativas antes de mayo de 1997, es decir, antes de la entrada en vigor del actual Reglamento, y, en particular, los producidos con nuevas técnicas y tecnologías, como los nanomateriales.

Se han elaborado también disposiciones especiales para los alimentos que no han sido comercializados en la UE pero que llevan tiempo utilizándose de forma segura en terceros países. Se crea así un sistema más equilibrado y un entorno favorable al comercio.

La protección de la innovación es también una característica del proyecto legislativo. Con el nuevo sistema, en caso de innovación respaldada por nuevos avances científicos, la empresa alimentaria solicitante recibiría una autorización de comercialización de cinco años antes de que otras empresas pudieran elaborar el mismo producto.

Próximos pasos

Otras instituciones de la UE, entre ellas el Parlamento Europeo y el Consejo, estudiarán el proyecto legislativo de la Comisión y tomarán posición al respecto a su debido tiempo. En este momento, se calcula que el proyecto legislativo entrará en vigor como muy pronto en 2016.

Miércoles, 18 de diciembre de 2013/ CE/ Unión Europea.
http://europa.eu/rapid

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