Uno de los elementos fundamentales acordados por el Consejo es el carácter obligatorio de la declaración nutricional: será obligatorio mostrar en la etiqueta el valor energético y las cantidades de algunos nutrientes (grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal).
El Consejo también acordó que la actual obligación de informar de forma obligatoria sobre el país de origen de la carne de vaca y ternera se extienda a otros tipos de carne (cerdo, cordero y aves de corral).
Además, la Comisión deberá presentar en un plazo de tres años tras la entrada en vigor del nuevo reglamento un informe sobre la posible ampliación del etiquetado obligatorio del país de origen a otros productos (leche, leche utilizada como ingrediente, carne se utiliza como ingrediente, alimentos no elaborados, productos de un solo ingrediente o ingredientes que representan más del 50% de un alimento).
Martes, 7 de diciembre de 2010/ Consejo de Ministros de la UE. /Unión Europea.
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