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Unión Europea: uso de subproductos animales como fertilizantes orgánicos

El Consejo decidió no oponerse a la adopción de un reglamento de la Comisión que modifica el Reglamento 142/2011 que implementa el Reglamento 1069/2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.

10 noviembre 2014
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Durante la última reunión de Ministros de Agricultura de la Unión Europea, el Consejo decidió no oponerse a la adopción de un reglamento de la Comisión que modifica el Reglamento 142/2011 que implementa el Reglamento 1069/2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y la aplicación de la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y artículos exentos de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la citada Directiva.

El Reglamento 1069/2009 establece las normas de salud pública y sanidad animal de aplicación para los subproductos animales y productos derivados, con el fin de prevenir y minimizar los riesgos para la salud pública y animal derivados de dichos productos. El Reglamento 142/20111 establece las disposiciones de aplicación para la regulación 1069/2009, incluidas las normas sobre la adopción de métodos alternativos de uso o eliminación de subproductos animales o productos derivados y los requisitos para la puesta en el mercado de fertilizantes orgánicos y de algunos otros subproductos de origen animal. El Reglamento delegado amplía las condiciones actuales de transición en las que los fertilizantes orgánicos, las enmiendas para suelos y otros medios de cultivo que contienen partes de los subproductos animales pueden ser exentos del procedimiento de registro o de los controles que se aplican normalmente a estos productos.

Este reglamento de la Comisión está sujeto al procedimiento de reglamentación con control. Esto significa que ahora que el Consejo ha dado su aprobación, la Comisión podrá adoptar el Reglamento, salvo que el Parlamento Europeo se oponga.

Martes, 14 de octubre de 2014/ Consilium/ Unión Europea.
http://www.consilium.europa.eu

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