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Unión Europea: ampliación del período de aplicación de las medidas de protección frente a la DEP

A la luz del dictamen de la EFSA y de la evolución de la situación de la enfermedad, las medidas de protección deben prorrogarse hasta finales de octubre de 2015.

12 diciembre 2014
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El Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 de la Comisión se adoptó a raíz de la información relativa a la presencia en América del Norte de una nueva enfermedad del coronavirus entérico porcino causada por α-coronavirus porcinos emergentes, incluidos el virus de la diarrea epidémica porcina y un nuevo δ-coronavirus porcino. Dicho Reglamento de Ejecución establece medidas de protección en relación con la introducción en la Unión de partidas de cerdos vivos para cría y producción procedentes de las zonas en las que está presente esta enfermedad vírica, a fin de ofrecer las garantías necesarias en la explotación de origen e impedir la entrada en la Unión de la diarrea porcina causada por esos virus. Estas medidas de protección eran aplicables hasta el 12 de enero de 2015.

Sin embargo, a la luz del dictamen de la EFSA y de la evolución de la situación de la enfermedad, las medidas de protección establecidas mediante el Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 deben prorrogarse hasta finales de octubre de 2015.

Martes, 9 de diciembre de 2014/ DOUE/ Unión Europea.
http://eur-lex.europa.eu

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