La Comisión Europea acaba de publicar la Decisión 2014/759/UE por la que se modifica el anexo III de la Decisión 2007/777/CE en lo que respecta a los requisitos zoosanitarios para la detección de Trichinella en el modelo de certificado veterinario para las importaciones en la Unión de determinados productos a base de carne derivada de animales domésticos de la especie porcina.
Teniendo en cuenta la reciente publicación del Reglamento (UE) Nº 216/2014 que modifica el Reglamento (CE) Nº 2075/2005, concediendo excepciones a lo dispuesto sobre los análisis para presencia de triquinas que han de llevarse a cabo en el momento del sacrificio en las explotaciones respecto de las cuales se haya reconocido oficialmente que cumplen condiciones controladas de estabulación y estableciendo, además, que una explotación en la que se críen cerdos domésticos solo puede obtener el reconocimiento oficial de que cumple las condiciones controladas de estabulación si, entre otras cosas, el explotador de la empresa alimentaria introduce nuevos cerdos domésticos en su explotación únicamente si proceden de otras explotaciones cuyo cumplimiento de las condiciones controladas de estabulación también haya sido reconocido oficialmente, procede, pues, modificar el modelo de certificado sanitario y zoosanitario que figura en el anexo III de la Decisión 2007/777/CE.
Se concede un período transitorio para adaptarse al nuevo certificado que expirará el próximo 31 de marzo de 2015.
Viernes, 31 de octubre de 2014/ DOUE/ Unión Europea.
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