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Unión Europea: medidas excepcionales de ayuda al mercado porcino de Polonia

Los productores de carne de porcino podrán solicitar la ayuda con respecto a los animales sacrificados desde el 26 de febrero de 2014 hasta el 25 de mayo de 2014.

31 marzo 2014
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Con objeto de evitar la propagación de la peste porcina africana y cualquier perturbación de los intercambios comerciales en Polonia y en el extranjero, las autoridades polacas adoptaron el 26 de febrero de 2014 algunas medidas preventivas adicionales en la zona infectada. Como consecuencia de ello, la comercialización de carne fresca de porcino y de productos a base de carne de porcino originarios de dicha zona infectada está sujeta a medidas de vigilancia particulares, a un etiquetado obligatorio con una marca sanitaria especial y a la aplicación de algunas restricciones a la comercialización en el mercado único. Estas restricciones implican una importante reducción de precios en las zonas afectadas y causan distorsiones en el mercado de la carne de porcino en dichas zonas.

Por lo tanto, el 5 de marzo de 2014, las autoridades polacas solicitaron a la Comisión introducir medidas excepcionales de apoyo del mercado.

De acuerdo con el Reglamento de Ejecución de la Comisión Europea (UE) No 324/2014 de 28 de marzo de 2014 por el que se aprueban medidas excepcionales de apoyo del mercado de la carne de porcino en Polonia, las medidas previstas en el presente Reglamento deben abarcar a los animales entregados desde el 26 de febrero de 2014, fecha de adopción de las medidas preventivas por parte de Polonia.

Los productores de carne de porcino podrán solicitar la ayuda con respecto a los animales sacrificados desde el 26 de febrero de 2014 hasta el 25 de mayo de 2014. La ayuda se expresa como un importe de 35,7 EUR por cada 100 kilogramos de peso en canal registrado para los animales entregados. La Comisión podrá adaptar este importe para tener en cuenta la evolución del mercado. La ayuda para animales con un peso en canal superior a 100 kilogramos no rebasará el importe de la ayuda fijada en el caso de los cerdos con un peso en canal de 100 kilogramos. El cincuenta por ciento de los gastos para la ayuda, que cubrirá un máximo total de 20 000 toneladas de canales de cerdo, será financiado por el presupuesto de la Unión.

pdf Reglamento de Ejecución (UE) No 324/2014

Sábado, 29 de marzo de 2014/ DOUE/ Unión Europea.
http://eur-lex.europa.eu

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