El nuevo reglamento (400/2014) establece el programa plurianual coordinado de control de la Unión para 2015, 2016 y 2017 destinado a garantizar el respeto de los límites máximos de residuos de plaguicidas en los alimentos de origen vegetal y animal y a evaluar el grado de exposición de los consumidores a estos residuos y deroga el 788/2012, aunque se seguirá aplicando para las muestras recogidas en 2013 y 2014.
Dado que los usos de los plaguicidas experimentan importantes cambios a lo largo de un período de tres años, es recomendable hacer un seguimiento de los plaguicidas en esos productos alimenticios con arreglo a un ciclo trienal, a fin de poder evaluar el grado de exposición de los consumidores y la aplicación de la legislación de la Unión.
Los productos porcinos que deben ser objeto de muestreo en el próximo trienio son: músculo y grasa de porcino (2016) e hígado (2017)
Reglamento de ejecución (UE) Nº 400/2014 de la Comisión, 22 de abril de 2014 (243 b)
Miércoles, 23 de abril de 2014/ DOUE /Unión Europea.
http://eur-lex.europa.eu