La directiva modificada detalla las medidas que permitirán el rápido control y erradicación de la enfermedad y describe los procedimientos que permitirán recobrar el estatus de "libre de fiebre aftosa y de infección sin vacunación", de importancia crucial para los intercambios comerciales. Las acciones de control se completarán con una serie de medidas destinadas a garantizar un elevado nivel de preparación contra la enfermedad.
La propuesta será adoptada formalmente después de la revisión lingüística bajo la presidencia italiana y entrará en vigor en julio de 2004.
Jueves, 12 de junio de 2003/Comisión Europea
http://europa.eu.int/rapid/start/cgi/guesten.ksh