Por otro lado, el Comité Veterinario Permanente ha considerado necesario evitar el movimiento de ganado en los mataderos que se encuentren dentro del radio de protección (3 km). Hasta el momento, y de forma excepcional a la espera de la decisión comunitaria, se habían mantenido las actividades de estos mataderos. Permanece también vigente la prohibición de exportar animales vivos, semen, óvulos y embriones de la especie porcina procedentes de Catalunya con destino a los países comunitarios.
Martes, 18 de diciembre de 2001/DARP/Generalitat de Catalunya/España
http://www.gencat.es/darp/premsa.htm