Las ayudas, que tienen carácter de subvención irán de las 20.000ptas/cabeza para las explotaciones con menos de 50 reproductores hasta las 10.000ptas/cabeza para las explotaciones con más de 400 reproductores.
Las solicitudes podrán presentarse dentro de un período máximo de quince días a partir de mañana o bien, si es el caso, dentro de los quince días posteriores al día siguiente del sacrificio de los animales de la explotación, para este último supuesto, el período máximo se fija en el 15 de diciembre de 2001.
Jueves, 27 de septiembre de 2001/DOGC/Generalitat de Catalunya
http://www.gencat.es/diari/3481/01261064.htm