Por su parte, el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya" publica también hoy miércoles una Orden mediante la cual se permite, bajo circunstancias especiales, el traslado de cerdos de una explotación a otra dentro de las zonas de protección y vigilancia.
En Catalunya, los titulares de las explotaciones que se encuentren inmovilizadas por un período superior a 30 días y con problemas de hacinamiento podrán solicitar la autorización para trasladar a sus cerdos. Para ello, los ganaderos deberán presentar su solicitud en la oficina del DARP correspondiente y los veterinarios llevarán a cabo una inspección de la explotación y emitirán el informe pertinente.
BOE:
http://www.boe.es/boe/dias/2001-07-18/tiffs/A25886.tif
http://www.boe.es/boe/dias/2001-07-18/tiffs/A25887.tif
DOGC:
tp://www.gencat.es/diari/3433/01197078.htm
Miércoles, 18 de julio de 2001/MAPA/ España
http://www.mapya.es/notas/pag.asp?codi=404_FM170701
DARP/ Catalunya/España
http://www.gencat.es/darp/premsa.htm