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Municipios de Portugal reconocidos para el asentamiento de dehesas

El BOE ha publicado la lista de municipios de Portugal reconocidos como dehesas a los efectos del Real Decreto de 2007
18 junio 2008
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El Boletín Oficial del Estado ha publicado una Resolución del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en la que se recoge la lista de municipios de Portugal reconocidos como dehesas a los efectos del Real Decreto de 2007, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón la paleta y la caña de lomo ibéricos.

Esta Resolución supone el desarrollo de lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del mencionado Real Decreto, relativo a las equivalencias de los cerdos criados en Portugal.

Se recoge así la lista de municipios en los que se pueden asentar aprovechamientos de dehesa arbolada apta para la alimentación de animales, que respondan a la designación "de bellota o terminado en montanera" o "de recebo o terminado en recebo", a efectos de la norma de calidad del ibérico.

De esta forma, se ofrece la posibilidad, también de etiquetar como "bellota" o "recebo" a los productos (jamones, paletas, lomos...) de cerdos ibéricos criados en dehesas portuguesas, y que después vayan a ser comercializados en España al amparo de la norma de calidad.

Esta Resolución completa el listado recogido en el anexo III del Real Decreto, que comprende los municipios españoles donde pueden ubicarse las parcelas y recintos que puedan ser utilizadas en el engorde de animales, cuyos productos vayan a comercializarse con las designaciones antes mencionadas.

En consonancia con lo establecido en el artículo 6 de la norma de calidad, los titulares de las explotaciones localizadas en los municipios recogidos en la Resolución, deberán comunicar a las autoridades competentes de Portugal la identificación de la parcela o recinto dónde se vaya a proceder al engorde de los animales, antes de la primera campaña de cebo en montanera, de acuerdo con el procedimiento que dicha autoridad establezca, de manera análoga a lo que se ha establecido para el caso de las parcelas localizadas en suelo español.

Asimismo, se establecerá un procedimiento de comunicación entre las autoridades de ambos países, que permita el intercambio de información en relación con las parcelas o recintos consideradas como dehesas aptas para alimentación animal conforme a la norma de calidad del ibérico.

Este procedimiento se enmarca en el Acuerdo Transfronterizo existente entre ambos Gobiernos, que incluye entre otros, temas relacionados con la ganadería, entre los que destaca la colaboración en todo lo relacionado con el cerdo del tronco ibérico, cuya cría se produce tradicionalmente en todo el ecosistema de dehesa propio de amplias regiones a ambos lados de la frontera común.

Puedes descargarte el pdf en la sección Legislación

Martes, 17 de junio de 2008. Nota de prensa del MMAMRM

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