El pasado mes de enero se publicó en el Diario Oficla de la Unión Europea (DOUE) la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP Dehesa de Extremadura. Tras el cumplimiento del periodo de consulta de tres meses para la presentación de posibles alegaciones, el DOUE ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1802 de la Comisión, de 20 de junio de 2024, por el que se aprueba una modificación de la Unión del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida Dehesa de Extremadura.
La propuesta de «modificación de la Unión» se circunscribe, según el escrito de la presidenta del Consejo Regulador, «al porcentaje racial de la materia prima origen de los productos amparados», con el objeto de amparar «únicamente productos de cerdos ibéricos 100 %», para incrementar así «la excelencia» del producto.
Las principales modificaciones solicitadas para el pliego de condiciones de la DOP Dehesa de Extremadura incluyen:
- Pureza racial: Los jamones y paletas deben proceder únicamente de cerdos 100% ibéricos, eliminando la posibilidad de cerdos con un mínimo del 75% de raza ibérica.
- Denominaciones de venta: este cambio implica necesariamente la eliminación de las actuales cuatro clases de denominaciones de venta y su sustitución por solo dos: Clase I (jamones y paletas de bellota 100 % ibéricos) y Clase II (jamones y paletas de cebo de campo 100 % ibéricos).
9 de julio de 2024/ Redacción 333.