El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó el pasado viernes que los requisitos relativos al transporte de animales que se exigen en la Unión Europea sean también de aplicación en el supuesto de un transporte de un Estado miembro a un tercer Estado. De este modo, a partir de ahora los intervalos de suministro de agua y de alimento así como la duración de los periodos de transporte y de descanso serán de aplicación en la parte del viaje que transcurre fuera de la Unión Europea.
La sentencia del TJ se ha dictaminado en respuesta a una pregunta formulada por el Bayerischer Verwaltungsgerichtshof (Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Baviera, Alemania).
Según la sentencia, el organizador de un viaje de larga duración estará obligado a transmitir a la autoridad competente del lugar de salida una copia de la sección uno del cuaderno de a bordo u hoja de ruta, relativa a la planificación del viaje, debidamente cumplimentada, para que la autoridad competente pueda autorizar un transporte que suponga un viaje largo para caballos, bovinos, cerdos, ovejas y cabras. La autoridad podrá exigir que se modifique la planificación del transporte, a fin de garantizar que el transporte atraviese los suficientes lugares de descanso y de transbordo necesarios para cumplir los requisitos relativos a los intervalos de suministro de agua y de alimentación y al tiempo de viaje y de descanso.
Jueves, 23 de abril de 2015/ Court of Justice of the European Union.
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