El decreto establece una serie de requisitos mínimos comunes para todas las instalaciones ganaderas, cuyo cumplimiento será obligatorio para la inscripción en el Registro, que hacen referencia, entre otros aspectos, a la distancia sanitaria respecto de los núcleos de población, el adecuado nivel higiénico y sanitario y la observancia de la normativa vigente sobre gestión de residuos y bienestar animal. Además de la creación del registro, el decreto incluye también una regulación específica de la gestión de residuos en las explotaciones intensivas, que quedan así fuera del régimen general aprobado en 2002 para todos los depósitos industriales, mineros y agrarios.
Miércoles, 18 de enero de 2006/Junta de Andalucía/España.
http://www.juntadeandalucia.es