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La DOP Jamón de Huelva defiende la diferenciación entre “ibérico” y “cruzado”.

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Jamón de Huelva sigue defendiendo que hay que establecer en las etiquetas las siguientes dos designaciones de venta para el factor racial: “ibérico” y “cruzado”.

27 noviembre 2012
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Jamón de HuelvaEl Consejo Regulador de la DOP Jamón de Huelva considera que la propuesta de modificación de la actual Norma de Calidad del Ibérico que plantea el Ministerio, lamentablemente, sigue sin decir la verdad al consumidor, ya que permite que se siga usando el término “Ibérico” para cerdos procedentes del cruce de ibérico y de duroc.

Es por ello que el Consejo Regulador propone que se diferencie en las etiquetas dos designaciones de venta para el factor racial:

- Ibérico: jamón o paleta procedente de un cerdo cuyos progenitores son ibéricos puros y están inscritos en el libro genealógico y
- Cruzado: jamón o paleta procedente de un cerdo cuya progenitora es ibérica pura y cuyo progenitor es duroc, y están inscritos en sus respectivos libros genealógicos.

Desde la DOP Jamón de Huelva, y de cara a las fechas que se aproximan, se anima al consumidor a confiar en la figura de la Denominación de Origen como garante de la calidad y el origen.

Jamón de Huelva. Summum

23 de noviembre de 2012 - DOP Jamón de Huelva

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