La Comisión ha decido llevar ante el Tribunal Europeo de Justicia a Polonia por incumplimiento de las normas de la UE sobre el control del cultivo de Organismos Genéticamente Modificados.
La Directiva 2001/18/CE exige la notificación de los lugares de cultivo de OMG a las autoridades nacionales competentes, en un registro establecido por cada Estado miembro, y que deben ser puestos a disposición del público. Polonia hasta el momento, a pesar de los reiterados llamamientos de la Comisión para incluir estos requisitos en su legislación nacional no ha cumplido adecuadamente con la legislación aplicable de la UE.
Los OMG pueden ser cultivados en la UE siempre y cuando hayan sido autorizados a tal efecto, y tras haber superado con éxito la evaluación de riesgos para salud humana y animal, así como para el medio ambiente.
Viernes, 21 de junio de 2013/ EC/ Unión Europea.
http://europa.eu/rapid/