La FVE ha emitido un documento sobre los aspectos más relevantes y críticos relacionados con las tareas ante mortem y post mortem y las derogaciones al Auxiliar Oficial (OA) en los establecimientos de sacrificio y cárnicos.
Las principales disposiciones de interés se establecen en el art. 18 par. 7 y par. 8 del Reglamento UE Nº 625/2017, que será establecido por la legislación terciaria.
La FVE opina que las autoridades competentes y los servicios veterinarios deberían seguir desempeñando un papel predominante en la definición de como deben llevarse a cabo las inspecciones ante mortem y post mortem y en la forma en que se llevan a cabo la supervisión general de las actividades y la gestión de los incumplimientos.
Jueves, 21 de septiembre de 2017/ FVE/ Unión Europea.
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