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Finaliza el periodo de adaptación al reglamento de protección de los animales en el momento del sacrificio

Las disposiciones transitorias de esta normativa permitían un periodo transitorio a mataderos o establecimientos existentes antes del 1 de enero de 2013 para que adaptaran sus instalaciones a lo establecido en la legislación.

18 diciembre 2019
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El Reglamento (CE) nº 1099/2009 establece determinadas condiciones que deben cumplir el diseño, la construcción y los equipamientos de los mataderos. No obstante, en las disposiciones transitorias de esta normativa, se establece que estos requisitos se aplicarán a los nuevos mataderos o a los nuevos equipamientos, permitiendo un periodo transitorio para que los mataderos existentes antes de la entrada en vigor del Reglamento (1 de enero de 2013), adaptaran sus instalaciones a lo establecido en la legislación.

El 8 de diciembre de 2019 finalizó este periodo transitorio, con lo que estos mataderos deben haber llevado a cabo las adaptaciones necesarias para cumplir plenamente con todos los requisitos del Reglamento (CE) nº 1099/2009.

Jueves, 12 de diciembre de 2019/ AECOSAN/ España.
http://www.aecosan.msssi.gob.es

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