Teniendo en cuenta que una de las enfermedades más peligrosas para la sanidad animal, que podrían introducirse en España y por tanto en la Unión Europea, es la fiebre aftosa y que en la evaluación realizada por la (EFSA) se pone de manifiesto que la introducción de carne, productos cárnicos, leche y productos lácteos es una posible vía de entrada de este virus, el Ministerio de Agricultura español sometió a información pública, desde el pasado 12 de marzo y hasta el 2 de abril, el proyecto de orden por la que se establecen medidas relativas a la introducción de partidas personales de origen animal y vegetal con la finalidad de prevenir la entrada de enfermedades que puedan afectar a las personas y los animales y plagas vegetales en España. El proyecto de orden también tiene en cuenta la introducción de otras enfermedades de los animales, con alta repercusión económica, como la peste porcina africana.
La nueva orden prohibirá, de conformidad con la normativa nacional y de la Unión Europea vigente, la introducción en equipajes de viajeros procedentes de terceros países o de partidas que se envíen a particulares desde dichos países que contengan carne y productos cárnicos, leche y productos lácteos, otros productos de origen animal y subproductos, salvo las excepciones recogidas en el Reglamento (CE) nº 206/2009 de la Comisión y vegetales y productos vegetales de especies sensibles a algunos organismos nocivos.
Las compañías de transporte aéreo y marítimo internacionales y los operadores de servicio postal informarán a sus clientes de la prohibición de traer dichos productos.
Las partidas personales de carne, productos cárnicos, leche y productos lácteos serán confiscadas y destruidas en una planta de incineración o coincineración específicamente autorizada para la eliminación de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano de categoría C1.
Marzo de 2019/ MAPA/ España.
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