El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se dispone las operaciones e importes de las tasas en relación con los controles oficiales de productos de origen animal importados de países no comunitarios.
En aplicación de un Reglamento Comunitario de 2004, este Real Decreto actualiza las tasas que deben pagar los importadores que quieran introducir en nuestro país productos procedentes de países no comunitarios sometidos a controles sanitarios, aplicando los importes mínimos que establece el propio Reglamento. Las tasas se van a aplicar a productos cárnicos, de pesca y otros productos de origen animal.
Además de actualizar las tasas aplicables a las operaciones de control oficial sobre productos de origen animal procedentes de países no comunitarios, el Real Decreto recoge el importe de las tasas por el control oficial del tránsito de productos de origen animal por la Unión Europea que queda fijado en treinta euros, como mínimo al iniciarse el control, con un incremento de veinte euros por cada cuarto de hora y miembro del personal que intervenga en los controles, aspecto este último contemplado en el Reglamento Comunitario. En consecuencia, este Real Decreto viene a dar seguridad jurídica a los operadores y evita las posibles interpretaciones de la norma comunitaria.
Viernes, 30 de marzo de 2012/ La Moncloa/ España.
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