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España: modificación del real decreto sobre la condicionalidad reforzada de la PAC

El proyecto de RD simplifica las obligaciones de cuatro de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales y flexibiliza la aplicación de controles y penalizaciones en materia de condicionalidad.

25 abril 2024
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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el trámite de audiencia e información pública del proyecto de modificación del Real Decreto 1049/2022 relativo a la aplicación de la condicionalidad reforzada y condicionalidad social de la Política Agraria Común (PAC), que se encuentra disponible en este enlace.

El proyecto de real decreto que se somete a audiencia pública concreta las propuestas relativas a la simplificación y flexibilización de la condicionalidad de la PAC, que forman parte del conjunto de 43 medidas comprometidas por el Gobierno para dar respuesta a las preocupaciones manifestadas por agricultores y ganaderos.

En concreto, el proyecto de real decreto modifica el alcance de cuatro Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales de la tierra (BCAM) y flexibiliza la aplicación de controles y penalizaciones en materia de condicionalidad.

  • En relación con la BCAM 5 (Gestión de la labranza) se añaden nuevas excepciones para su cumplimiento en las parcelas de menor tamaño, así como para determinados cultivos leñosos ya implantados, que serán de aplicación a partir de la solicitud única de la PAC de 2025.
  • En la BCAM 6 (Cobertura mínima del suelo), el proyecto de real decreto contempla que se pueda llevar a cabo la práctica del abonado en verde y que sobre los rastrojos de los cultivos herbáceos se puedan realizar labores poco profundas. Además, se permite hacer uso de las cubiertas inertes en el caso de las plantaciones de cultivos leñosos implantadas en parcelas con una pendiente superior al 10 %. Estas flexibilidades serán de aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2024.
  • Asimismo, se contempla como alternativa a las actuales obligaciones sobre la rotación de cultivos (BCAM 7) que los agricultores puedan realizar únicamente una diversificación anual de los mismos en su explotación. Esta alternativa podrá ser ya tenida en cuenta de cara a la solicitud única de este año, cuyo plazo de presentación se ha ampliado hasta el 31 de mayo.
  • La obligatoriedad de destinar un porcentaje de la superficie de la explotación a superficies o elementos no productivos a la que se refiere la primera obligación de la BCAM 8 se elimina, de forma que aquellos agricultores que así lo decidan, puedan cultivar estas superficies. Esta medida también será de aplicación en la campaña de 2024.
  • El proyecto de real decreto recoge además que, en materia de condicionalidad reforzada, todos aquellos beneficiarios de ayudas cuya explotación sea igual o inferior a 10 hectáreas de superficie agraria declarada, quedarán exentos de los controles, así como de las penalizaciones. Esta modificación será de aplicación ya también en este año.

La audiencia pública permanecerá abierta hasta el 7 de mayo de 2024, inclusive. En este enlace está disponible una nota explicativa de los cambios propuestos.

24 de abril de 2024/ MAPA/ España.
https://www.mapa.gob.es

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