El nuevo texto, que aúna aspectos de la legislación sobre sanidad y sobre bienestar animal:
- aclara los tipos de autorización necesarios para llevar a cabo el transporte de animales,
- incluye las circunstancias bajo las cuales un movimiento se considera una actividad económica,
- establece como obligatorio para todos los transportistas autorizados disponer de un plan de contingencia para posibles situaciones imprevistas,
- se amplían los requisitos de formación a determinados colectivos que participan en el transporte de animales, como el personal que los maneja y los carga en los medios de transporte, los operadores de puertos y aeropuertos y la tripulación de los buques,
- en relación con el transporte de animales en buques de ganado, se refuerzan las condiciones para ejercer dicha actividad y las condiciones de los medios de transporte,
- incorpora los requisitos que deben cumplir los puertos y aeropuertos para el transporte de animales vivos, que tendrán que disponer de un servicio veterinario, personal formado y un plan normalizado de trabajo.
30 de noviembre de 2022/ MAPA/ España.
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