Entre las medidas obligatorias que se deberán cumplir destacan la presentación de un calendario de sacrifico de los reproductores positivos, el seguimiento de una pauta de vacunación a cargo de las ADS, identificación de los reproductores positivos con un crotal verde con las letras GE impresas o la identificación de todos los animales que salgan de la explotación con destino a matadero con el mismo crotal anterior de forma que ponga de manifiesto que proceden de explotaciones positivas para la enfermedad. Se prevé en un futuro próximo aplicar nuevas medidas para estas explotaciones positivas como por ejemplo la obligatoriedad de vacunar 15 días antes del movimiento todos los animales a trasladar y que los certificados sanitarios de movimiento sólo los expidan los Servicios Veterinarios Oficiales. Se prevé también que en los Certificados Sanitarios de Movimiento conste de forma específica que los animales proceden de granjas no indemnes para la enfermedad.
Lunes, 7 de mayo de 2007/ DAAR-Generalitat de Catalunya.
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