X
XLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0
Lee este artículo en:

España: el Ministerio comunica el proyecto de modificación de la norma de calidad del ibérico

La nueva Norma de Calidad contiene una apuesta firme por la mejora de la información al consumidor para que pueda decidir, en mejores condiciones, qué tipo de producto le interesa comprar.

25 enero 2013
X
XLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha concluido la redacción del proyecto final de norma de calidad de los productos ibéricos.

La nueva Norma de Calidad contiene una apuesta firme por la mejora de la información al consumidor para que pueda decidir, en mejores condiciones, qué tipo de producto le interesa comprar. Asimismo, el Ministerio ha buscado la simplificación de la norma y el refuerzo de los sistemas de control; la garantía de la conservación de la raza ibérica y del sistema productivo desarrollado entorno a la dehesa; así como evitar a los productores e industriales nuevas inversiones económicas para adaptarse a la norma.

La práctica totalidad de las organizaciones y asociaciones que integran a ganaderos e industriales, así como las Comunidades Autónomas, han venido solicitando del Ministerio una modificación de la actual norma de calidad, que subsanase los problemas que se registran y facilitase al sector nuevas posibilidades de desarrollo y de sostenibilidad para los próximos años, ante las dificultades que viene atravesando el sector del porcino ibérico.

Principales aspectos de la norma

Tras recibir numerosas observaciones y propuestas del sector y tras su estudio y consideración de muchas de ellas, el Ministerio ha presentado el proyecto final de la norma, que incluye, entre varios aspectos, los siguientes:

  • Reducción de las denominaciones de venta a tres, en función de la alimentación y el manejo: "bellota", "cebo de campo" y "cebo", acompañados por la mención “100% ibérico” o “ibérico”, según la pureza racial del animal. En caso de los animales cruzados deberá indicarse en la etiqueta, como una mención obligatoria y diferente de la denominación de venta el porcentaje de raza ibérica.
  • Tanto la denominación de venta como la mención del porcentaje de raza ibérica deben incorporarse al etiquetado en el mismo campo visual que la marca comercial.
  • En relación con el etiquetado y para evitar la confusión en los consumidores, no podrán utilizarse nombres, logotipos, marcas, imágenes, símbolos o menciones facultativas que puedan inducir a error con la denominación de venta.
  • Se potencian los sistemas de control y de trazabilidad, tanto de los animales y su manejo, como de las piezas, con objeto de lograr una norma clara en su interpretación, fácilmente aplicable y que cumpla el objetivo esencial de garantizar la calidad de los productos. En este sentido, se potencia la participación de la Entidad nacional de Acreditación (ENAC) en la verificación de las actuaciones de las Entidades de inspección y certificación.

Jueves, 24 de enero de 2013/ MAGRAMA/ España.
http://www.magrama.gob.es

Comentarios del artículo

Este espacio no está orientado a ser una zona de consultas a los autores de los artículos sino que pretende ser un lugar de discusión abierto a todos los usuarios de 3tres3
Publica un nuevo comentario

Para comentar debes registrarte en 3tres3 y acceder como usuario.

No estás suscrito a la lista La web en 3 minutos

Un resumen semanal de las novedades de 3tres3.com

Accede y apúntate a la lista

Artículos relacionados