En concreto, la nueva Orden concreta y desarrolla lo que se conoce como nivel 3 de reducción de nitrógeno mediante la alimentación en ganado porcino, diferenciando dos subniveles en función del porcentaje de reducción a alcanzar. En el nivel 3a las reducciones se determinan mediante una sencilla metodología de cálculo, y es admisible para reducciones de hasta el 18% de los valores de referencia. Esto, en la práctica, implica que la granja que se acoja verá reducida en un 18% la base agrícola necesaria para aplicar sus deyecciones. En lo que respecta al nivel 3b, que engloba las reducciones superiores al 18%, será necesario presentar estudios específicos que demuestren que es alcanzable en condiciones de explotación comercial. Estos estudios van a cargo de la empresa fabricante de piensos, y deben incluir tomas de muestras y controles llevados a cabo por entidades independientes.
Lunes, 8 de noviembre de 2010/ DAAR/ Generalitat de Catalunya.
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