Esta medida viene a complementar a las adoptadas con anterioridad en cumplimiento del acuerdo entre gobierno y organizaciones agrarias para paliar el incremento de precios de los carburantes. En lo referido a las cuestiones fiscales son:
-La posibilidad de deducir en el Régimen de Estimación Objetiva por Módulos del IRPF el 15% de los gastos en fertilizantes o plásticos, extendiendo el período al segundo semestre de 2005 y primer semestre de 2006, el 2% del rendimiento neto para el período 2005 y el 35% de los gastos en gasóleo en el período 2006. Aspectos recogidos en la Orden EAH/493/2006 de 27 de febrero de 2006.
-La posibilidad de deducir el 10% por gastos de difícil justificación, en el período 2006, dentro del Régimen de Estimación Directa Simplificada del IRPF, recogido en el Real Decreto 201/2006 de 17 de febrero de 2006.
Viernes, 17 de marzo de 2006MAPA/España
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