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Colombia establece la vacunación obligatoria contra la PPC en algunas zonas

La vacunación deberá adelantarse en todos los municipios de Arauca, Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Sucre y algunos de Antioquia, Casanare, Cauca y Boyacá.

20 julio 2018
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A través de la resolución 22077, el ICA estableció la vacunación obligatoria contra la peste porcina clásica (PPC) en algunas zonas del territorio nacional, así como los requisitos para la movilización de los animales dentro de esas zonas y para la comercialización y distribución de la vacuna.

La medida aplica para todas las personas naturales o jurídicas que posean, movilicen y/o comercialicen porcinos, así como aquellas que desarrollen la porcicultura o comercialicen y/o distribuyan biológicos o la vacuna contra la peste porcina clásica en la zona comprendida por los siguientes municipios:

Apartadó, Arboletes, Cáceres, Carepa, Caucasia (excepto las veredas Cutura, Puerto Triana y Puerto Colombia), Chigorodó, Mutatá, Nechí, Necoclí, San Juan de Urabá, San Pedro de Urabá, Tarazá, Turbo, Valdivia (veredas Monteblanco, La Siberia, Playa Rica, Juantas, El Quince, El Catorce, Puquí, Puerto Raudal, Los Pomos, Cachirime, La Paulina, La Alemana, Raudal Viejo, La Coposa, Las Camelias, Las Palomas) en Antioquia.

Igualmente, en Hato Corozal, Paz de Ariporo, Támara, Pore, Trinidad, San Luis de Palenque, Nunchía, Orocué, El Yopal, Aguazul y Maní, en Casanare; Argelia, Balboa, Florencia y Mercaderes, en Cauca, y Cubará, en Boyacá.

Así como en todos los municipios de Arauca, Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Sucre.

La autoridad sanitaria también estableció que el esquema de vacunación será el siguiente:

  • Los lechones recibirán la primera vacunación entre los 45 y 60 días de edad.
  • Las cerdas de reemplazo se vacunarán a los 4 o 5 meses de edad.
  • Las cerdas de cría se vacunarán semestralmente después de los 90 días de gestación o en la primera semana de lactancia.
  • Los machos reproductores se vacunarán semestralmente.
  • Las hembras y machos de reproducción se identificarán con la chapeta oficial al inicio de su ciclo productivo y se conservará durante los siguientes ciclos de vacunación.

Solo se permitirá el uso de vacunas registradas ante el ICA, cuya composición contenga virus vivo modificado de peste porcina clásica con Cepa China, adaptada en cultivos celulares.

Miércoles, 18 de julio de 2018/ ICA/ Colombia.
https://www.ica.gov.co

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