Los OMG autorizados son los siguientes: algodón 281-24-236 x 3006-210-23 x MON 88913; Algodón GHB 119; Maíz Bt11 × 59122 × MIR604 × 1507 × GA21; Maíz DAS-40278-9; y la renovación del maíz MON 810.
Los OMG han pasado por un procedimiento de autorización completo, que incluye una evaluación científica favorable por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
Las decisiones de autorización no cubren el cultivo.
Estos OMG habían recibido votos de "no opinión" de los Estados miembros en los Comités Permanente y de Apelación y la Comisión adoptó las decisiones pendientes. Las autorizaciones tienen una validez de 10 años y todos los productos producidos a partir de estos OMG estarán sujetos a las estrictas normas de etiquetado y trazabilidad.
Martes, 4 de julio de 2017/ EC/ Unión Europea.
http://europa.eu/rapid