Tras la presentación de una solicitud de autorización del óxido de dicobre como aditivo en piensos, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos nutricionales», y teniendo en cuenta el dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la Comisión Europea ha decido autorizar, mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2261, su uso para todas las especies de animales.
Según el dictamen emitido por la EFSA el pasado 25 de mayo de 2016, en las condiciones de uso propuestas, el óxido de dicobre no tiene efectos adversos para la salud de los animales o de los consumidores y que no entraña problemas de seguridad para los usuarios si se adoptan las medidas de protección adecuadas. Además, la Autoridad concluyó que el óxido de dicobre no plantea más riesgos para el medio ambiente que otras fuentes de cobre y puede considerarse una fuente eficaz de cobre para todas las especies animales. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento tras la comercialización.
El nombre del aditivo en la solicitud es óxido de dicobre. No obstante, la denominación del aditivo según la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada (IUPAC en sus siglas en inglés) es óxido de cobre. En consonancia con la recomendación de la Autoridad en su dictamen sobre el óxido cúprico, el aditivo debe denominarse óxido de cobre.
En el caso concreto del uso en porcino, el Reglamento dispone un contenido máximo de Cu en mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %, de 170 (total) para lechones hasta las 12 semanas.
Jueves, 15 de diciembre de 2016/ DOUE/ Unión Europea.
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