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Argentina: uso obligatorio del Libro de Registros de Tratamientos Veterinarios

Desde marzo de 2013 la medida afectará a todas las explotaciones pecuarias del país.

28 septiembre 2012
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Desde diciembre los productores ganaderos que exporten a la Unión Europea deberán usar obligatoriamente el Libro de Registros de Tratamientos Veterinarios aplicados sobre animales cuyos productos son destinados al consumo humano, al entrar en vigencia la Resolución 666/2011 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

Asimismo, desde marzo de 2013 la medida alcanzará al resto de las explotaciones pecuarias del país. Su objetivo es que los medicamentos destinados al ganado no alteren la inocuidad de los alimentos.

Martes, 25 de septiembre de 2012/ SENASA/ Argentina.
http://www.senasa.gov.ar

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