El pasado seis de febrero AECERIBER difundió una Nota de Prensa sobre la ausencia de “CONTAMINACIÓN GENÉTICA” en los ejemplares reproductores inscritos en el Libro Genealógico de la Raza Porcina Ibérica y la garantía que ello confirmaba de la “PUREZA RACIAL” de los machos y hembras inscritos en dicho Libro Genealógico.
Debido a que la Nota emitida por AECERIBER ha sido contestada y mal interpretada por D. Juan Bilbao, y para evitar confusiones a los lectores en general, desde la Asociación Española de Criadores de Ganado Porcino Selecto Ibérico Puro y Tronco Ibérico, emitimos esta nueva nota aclaratoria.
Empezamos por reiterar que esta Asociación es la depositaria del Libro Genealógico de la Raza Porcina Ibérica desde 1987 por delegación expresa del Ministerio de Agricultura. Dicho Ministerio apoya económicamente su gestión y supervisa permanentemente su desarrollo en los términos establecidos en la legislación vigente. El Libro Genealógico es la herramienta indispensable para la aplicación de la Mejora y Selección Genética de cualquier raza ganadera.
Todos los Libros Genealógicos que existen en el mundo sobre las especies domésticas tienen el único objetivo de garantizar, sin lugar a dudas, la pureza de los reproductores inscritos. En cumplimiento de la normativa específica del Libro correspondiente al Porcino Ibérico, tanto los machos como las hembras que lo conforman, son calificados morfológicamente por el equipo técnico de la Asociación. A pesar de la evidente experiencia profesional de los técnicos de AECERIBER, las nuevas técnicas de Genética Molecular, permiten hoy en día corroborar científicamente lo que es apreciado a simple vista en una
calificación morfológica.
Es por ello, que la ausencia de CONTAMINACIÓN GENÉTICA –terminología utilizada habitualmente en el argot de la genética molecular- solo y exclusivamente ratifica que no hay presencia de genes marcadores de otras razas distintas al cerdo ibérico.
La introducción en España desde principios del siglo pasado de razas foráneas como el Large Black – de origen inglés- y a partir de 1950 el Duroc –de origen norte americano- y sus cruzamientos con el cerdo ibérico de forma indiscriminada, podría implicar la no apreciación visual –en ocasiones los caracteres morfológicos se ocultan y no se manifiestan- de un cruzamiento antiguo con alguna de estas dos razas foráneas.
Por lo tanto, la aplicación de las técnicas de genética molecular sobre la cabaña de cerdo ibérico perteneciente al Libro Genealógico de la raza, es una obligación de AECERIBER de cara a la veracidad del Libro y de cara a la Conservación y posterior Selección Genética del Cerdo Ibérico de Raza Pura
en todas sus variedades simples o combinadas: Retinto, Entrepelado, Torbiscal, Lampiño y Manchado de Jabugo.
Aclaramos convenientemente que el término “contaminación” se refiere a la genética del animal examinado, y en ningún caso tiene carácter peyorativo alguno.
Puesto que se mencionan definiciones de diccionarios, aportamos la que aparece en Wikipedia:
“Contaminación genética; es la transferencia incontrolada o no deseada de material genético (por medio de la fecundación) hacia una población salvaje. Tanto desde organismos genéticamente modificados a otros no modificados, o desde especies invasivas o no nativas hacia poblaciones nativas. La contaminación genética afecta el acervo génico (patrimonio genético) de una población o especie, y puede afectar la biodiversidad genética de una población o especie.”
En las negociaciones preliminares de la Norma de Calidad publicada en 2001, AECERIBER manifestó su opinión sobre las designaciones raciales de los productos amparados por esta normativa, y desde entonces ha mantenido su criterio en todas las ocasiones que han surgido en los más de diez años de aplicación de la Norma de Calidad.
Cierto es que la cabaña de cerdo ibérico y concretamente sus producciones de abasto –que no se destinan a la reproducción-, pertenecen en un porcentaje muy alto a animales cruzados con la raza Duroc. Estos cruzamientos se realizan por muchos motivos –económicos mayoritariamente- y solo deben enjuiciarse por cada uno de los operadores del sector. Corresponde a los compradores y consumidores de los productos optar por los que no tienen o sí tienen cruce con esta raza y es su derecho disponer de toda la información al respecto.
En cualquier caso, en nuestra opinión, y en defensa de una correcta transparencia, no es correcto ni profesional, denominar ibérico a un cerdo cruzado y por ello tener que llamar ibérico puro al que no tiene cruce alguno.
Lo realmente veraz y acorde con la terminología del sector, es llamar ibérico e ibérico cruzado a los dos tipos raciales existentes. Se trata simplemente de otorgar a cada origen racial su sitio utilizando las designaciones que consideramos correctas y con el mayor de los respetos para cualquiera de
ellas.
3 de marzo de 2012 - AECERIBER