Se trata de protocolos para productores, transportistas, acopiadores, operarios y exportadores. Esto teniendo en cuenta que es responsabilidad del productor minimizar el riesgo durante la cosecha para mantener la inocuidad de la mercadería y evitar la contaminación de la cosecha con granos y/o pedazos de granos coloreados (curados) y malezas cuarentenarias.
El Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca detendrá todas las cargas en que se detecten granos coloreados, lo que necesariamente ocasionará al transportista, traslados, detenciones y pérdidas de tiempo.
En cuanto a las instalaciones de acopio, los responsables de centros, deberán informar al MGAP la presencia de granos coloreados. El Inspector constatará que se trata de un grano coloreado y a partir de ese momento se hará cargo de la actuación interviniendo la mercadería.
Los exportadores deberán registrar la ubicación de los puntos de control para entrar a las terminales portuarias, también podrán registrar la ubicación de sus puntos de control por donde pasó la mercadería antes del ingreso a la terminal portuaria.
En la terminal portuaria es obligatorio el control previo a la carga para la exportación de granos y subproductos. Los operadores portuarios que realizan la carga de buques, tienen la responsabilidad en el control de los requisitos fitosanitarios, de inocuidad y calidad de acuerdo a las condiciones del mercado de destino.
El control se debe realizar previo al ingreso al puerto camión a camión. Los operadores deberán contar con equipamiento y personal idóneo para el manejo de muestras y análisis.
20 de abril de 2022 | Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca| Uruguay. https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/soja