Para combatir el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, la nueva ley obliga a las empresas a garantizar que sus productos no han provocado deforestación ni degradación forestal.
Aunque no se vetará a ningún país ni materia prima, las empresas solo podrán vender productos en la UE si el proveedor de los mismos ha emitido una declaración de «diligencia debida». Esta deberá certificar que el producto no procede de tierras deforestadas ni ha provocado degradación forestal, tampoco de bosques primarios irremplazables, después del 31 de diciembre de 2020.
Los productos que cubre la nueva legislación son: el ganado, el cacao, el café, el aceite de palma, la soya y la madera, así como los productos que contengan, se hayan alimentado de o se hayan fabricado con estas materias primas (como el cuero, el chocolate y los muebles.
El Parlamento también consiguió incluir una definición más amplia de degradación forestal que incluye la conversión de bosques primarios o bosques de regeneración natural en plantaciones forestales o en otras superficies boscosas.
El texto requiere ahora la ratificación del Consejo. A continuación, se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor veinte días después.
19 de abril de 2023/ PE/ Unión Europea.
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