Por lo tanto, el peso registrado de las canales no corresponde al peso de la presentación tipo. Es por ello que la Comisión Europea, mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2019/252 ha decido autorizar a prever una presentación de las canales de cerdo con la manteca, los riñones y/o el diafragma y sin el conducto auditivo externo. El peso registrado de las canales debe ajustarse en consecuencia al peso de la presentación tipo.
Como excepción a la presentación tipo contemplada en la sección B.III del anexo IV del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, no será necesario retirar la manteca, los riñones ni el diafragma de las canales de cerdo antes de su pesada y clasificación, mientras que el conducto auditivo externo podrá retirarse. El anexo 2 de la Decisión 2005/240/CE se modifica y con el fin de poder fijar, sobre una base comparable, las cotizaciones de la canal de cerdo, el peso en caliente registrado:
a) se reducirá:
1) por el diafragma, en un 0,23 %;
2) por la manteca y los riñones, en:
un 1,90 %, tratándose de canales de clase S y E,
un 2,11 %, tratándose de canales de clase U,
un 2,54 %, tratándose de canales de clase R,
un 3,12 %, tratándose de canales de clase O,
un 3,35 %, tratándose de canales de clase P;
b) se incrementará en 260 gramos en las canales con ambos conductos auditivos externos.
Miércoles, 13 de febrero de 2019/ DOUE/ Unión Europea.
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