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Colombia: modificación al Decreto 1500 sobre plantas de beneficio animal

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) informa a la opinión pública frente al Decreto 2016 de 2023, que modifica el Decreto 1500 de 2007 y el Decreto 2270 de 2012, específicamente en relación con el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la carne y productos cárnicos comestibles en Colombia.

30 noviembre 2023
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El Decreto 2016 de 2023 aborda directamente las dificultades actuales de abastecimiento de carne y productos cárnicos comestibles en el país. Se presenta como un instrumento técnico y jurídico diseñado para enfrentar actividades ilegales como el beneficio clandestino, así como el transporte y expendio de carne y productos cárnicos comestibles de procedencia ilegal. El objetivo principal es garantizar que Colombia cuente con establecimientos adecuados para el beneficio de animales destinados al consumo humano.

En este contexto, el Invima asumirá la responsabilidad de establecer los instrumentos, protocolos y demás documentos necesarios con un enfoque de riesgo que serán utilizados en las plantas de beneficio de categoría autoconsumo exclusivamente local, con el fin de asegurar la aplicación efectiva del decreto. Además, el Invima continua con sus labores de IVC para garantizar la calidad e inocuidad de los productos cárnicos destinados al consumo humano.

Para las plantas de beneficio animal de carácter público que busquen ser habilitadas bajo el Decreto 2016 de 2023, se establecen requisitos específicos. Estas plantas deben estar previamente priorizadas en los Planes de Racionalización definidos por los departamentos y cumplir con los requisitos dispuestos en el decreto y el procedimiento para obtener la autorización sanitaria y registro por parte del Invima. Además, deben garantizar condiciones sanitarias que aseguren la inocuidad de la carne y productos cárnicos comestibles. Una vez habilitadas, estas plantas contarán con inspección oficial.

Es importante destacar que la aplicación de las disposiciones del Decreto 2016 de 2023 no compromete el estatus sanitario de la carne y los productos cárnicos proveniente de las plantas de beneficio animal ya autorizadas por el Invima. Esto incluye aquellas de categoría autoconsumo, nacionales e incluso las habilitadas para exportación. Estos establecimientos continúan cumpliendo con los requisitos sanitarios establecidos en el Decreto 1500 de 2007.

El Invima reitera su compromiso con la protección de la salud pública del país a través de acciones de Inspección, Vigilancia y Control, conforme con la normatividad vigente y las correspondientes competencias del instituto, siempre al servicio de los colombianos.

Decreto 2016 del 22 de noviembre de 2023

29 de noviembre de 2023 | INVIMA | Colombia. https://www.invima.gov.co/

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