El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó, mediante su Resolución 192/2021, el instructivo general para el reconocimiento oficial de compartimento “libre de enfermedades que afectan a los porcinos”.
Podrán gestionar este reconocimiento aquellos establecimientos que cumplan con los estándares del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) referidos a la compartimentación.
La nueva normativa, publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial, permitirá a las empresas que opten por solicitar la compartimentación, una herramienta más para negociar el acceso a mercados internacionales que requieren estrictas exigencias al país, zona o establecimiento de origen de los productos importados.
Cabe aclarar que un compartimento podrá ser definido en relación al cumplimiento de ciertas medidas de gestión y bioseguridad por parte de un productor o de un núcleo de productores, y no en relación a límites geográficos o políticos.
La República Argentina posee un estatus sanitario diferencial en relación a otros países, que hace necesaria la implementación de normativas que preserven y fomenten el sostenido crecimiento de la cadena productiva porcina y las relaciones comerciales internacionales.
La OIE reconoce a países o zonas libres de enfermedades como fiebre aftosa o peste porcina clásica, a la vez que brinda recomendaciones para la aplicación de medidas de manejo, producción y bioseguridad para la conformación de un compartimento.
La nueva normativa, brinda las garantías oficiales necesarias para la producción de cerdos y productos de origen porcino según las condiciones requeridas por el país comprador, en relación a bioseguridad, trazabilidad y estatus sanitario comprobado, mediante las correspondientes pruebas diagnósticas y posibilita la apertura de nuevos mercados al tiempo que resguarda el estatus sanitario de Argentina y la calidad de los agroalimentos que produce.
26 de abril de 2021/ SENASA/ Argentina.
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