¿Qué nos dice la ley de la PPC?

10-jul-2001 (hace 23 años 5 meses 14 días)
Cuando aparece un brote de cualquier enfermedad, tenemos que desempolvar diferentes cosas: muchas veces no nos acordamos de la epidemiología de la misma, otras de su patogenia y casi nunca nos acordamos de lo que dicen las leyes al respecto. En este sentido, la mayoría de normas acerca de la PPC emanan de los Reales Decretos RD 2159/1993 del 13 de diciembre y del RD 2459/1996 del 2 de octubre, éstos a su vez no hacen más que transcribir las directivas comunitarias europeas. Entre los diferentes puntos que tratan tanto los decretos como las directivas destacaremos los siguientes:


A nivel de repercusión en lo que puede suponer el tener el país libre o no respecto a las exportaciones tenemos que considerar lo que dice la OIE (Oficina Internacional de Epizootias) respecto a las tres posibles opciones que se pueden dar:
  1. Si se decide vacunar (a nivel de país) tienen que transcurrir dos años para que la OIE declare al país como libre. Cosa que a nivel de exportaciones merma mucho al país.

  2. Si lo que se hace es una opción intermedia, es decir el sacrificio sanitario asociado a la vacunación, tiene que pasar un año.

  3. Si sólo se practica el sacrificio sanitario, seis meses.

Enric Marco y Miquel Collell.
B&M CVP. España