10 de marzo de 2020/ BOE/ España.
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La pasada semana se publicó en el Boletín Oficial del estado el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, actualizando y reordenando las funciones atribuidas a los órganos superiores y directivos, con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.
Dentro de esta actualización, se adscribe la novedosa Dirección General de Derechos de los Animales, con un enfoque dedicado a la promoción de políticas para la protección de los animales, así como de coordinación de dichas políticas con otros departamentos y otras administraciones públicas y con la finalidad, asimismo, de su alineamiento con la legislación europea.
Según el RD, corresponde a la Dirección General de Derechos de los Animales las siguientes funciones:
a) La formulación de las políticas del Departamento en materia de protección de los derechos de los animales.
b) El impulso de todas las medidas necesarias para incluir la protección de los derechos de los animales en el ordenamiento jurídico actual.
c) El desarrollo de las medidas de difusión necesarias para que la sociedad conozca y respete los derechos de los animales y su protección.
d) La coordinación tanto con las comunidades autónomas y entidades locales, Fiscalía General del Estado, administraciones públicas y el resto de entes del sector público estatal, como con los agentes sociales para que se reconozcan y se respeten los derechos de los animales y su protección.
e) La cooperación con las restantes entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, en materia de derechos de los animales y su protección, sin perjuicio de las funciones de dirección y coordinación de la Subsecretaría del Departamento en el ámbito de la cooperación internacional