30 de Abril de 2024| Secretaría de Bioeconomía | Senasa | Argentina www.argentina.gob.ar
08-may-2024 (hace 6 meses 7 días)El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció nuevas condiciones para la comercialización y el registro de productos veterinarios cuya formulación contenga principios activos antimicrobianos.
La Resolución busca proteger a los productos veterinarios antimicrobianos como herramienta fundamental en la terapéutica aplicada por los médicos veterinarios, cuando la salud de los animales se vea amenazada.
Así, la nueva norma dispone la restricción de la elaboración, comercialización, tenencia, uso o importación en todo el territorio nacional de determinados productos con activos antimicrobianos reservados únicamente para su uso en la salud humana, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud de la Nación.
Por otro lado, la normativa restringe el uso de otros antimicrobianos con fines de promoción de crecimiento, mejoradores de desempeño y/o eficiencia alimentaria en animales. Además, la resolución dictada por el Senasa indica que quienes tengan inscriptos productos veterinarios compuestos por agentes antimicrobianos –y estén alcanzados por la presente normativa –deberán elevar al organismo sanitario nacional una propuesta de adecuación de indicaciones y rotulados.
En la misma línea, la normativa establece modificaciones en aquellos productos que se encuentren elaborados con fosfomicina o polimixina B, los cuales se encuentran en el listado de activos antimicrobianos reservados para su uso en personas
De esta manera, quienes tengan registrados productos veterinarios compuestos por las sustancias mencionadas, tendrán un plazo de treinta (30) días, desde la puesta en vigencia de la presente resolución, para solicitar el cambio en las condiciones de registro con pase exclusivamente para exportación, en cuyo caso se otorgará un nuevo certificado de uso y comercialización exclusivo para exportación.