Perú: Seguro Agrícola Catastrófico (SAC) para atender agricultores

11 de agosto de 2023 | Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego | Perú. https://www.gob.p

16-ago-2023 (hace 1 años 3 meses 6 días)

Según informó el director de Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario del MIDAGRI, Iván Mena, se trata de la publicación de las bases y requisitos del nuevo SAC, a fin de promover la participación de las empresas de seguro en el concurso para la adjudicación de la buena pro, con el objetivo de garantizar la protección de los cultivos en la próxima campaña agrícola.

Según la Resolución Ministerial Nº 0250-2023-MIDAGRI, se aprobaron las condiciones generales del SAC; condiciones particulares del SAC; condiciones especiales del SAC por índice de rendimiento para cultivos transitorios; y, condiciones especiales del SAC por índice de daño para cultivos permanentes.

También la norma establece que la Dirección General de Gestión Territorial del MIDAGRI y el programa AGRORURAL, continuarán brindando apoyo a los gobiernos regionales en la administración y seguimiento de los reportes de avisos de siniestros y en la validación del Registro de Beneficiarios.

Como se sabe, el SAC es cubierto en un 100% por el Estado, para brindar atención a los agricultores más pobres y vulnerables del país, cuyo propósito es apoyarlos para reinsertarse en la actividad agrícola y resarcir por los daños generados por fenómenos climatológicos. Para ello, el Estado ha destinado PEN 80 millones en la presente campaña agrícola y la cobertura alcanza a los 24 departamentos.

El SAC cubre los siguientes efectos de los fenómenos naturales: sequía; granizo; nieve; lluvia excesiva o extemporánea; altas temperaturas; huaico; deslizamiento; vientos fuertes; incendio; plagas y depredadores; inundación; enfermedades; falta de piso para cosechar; erupción volcánica; sismo; helada; sequía para cultivos de riego, y contaminación ambiental.

El seguro indemniza al productor por PEN 800 por cada hectárea asegurada, a través de apertura de cuentas de ahorro, dentro de los 15 días siguientes, contados a partir de la fecha de la aprobación del padrón de beneficiarios.