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Información acerca de la normativa actual
1 04-mar-2010 21:20 (hace 15 años 1 meses 15 días)
2 04-mar-2010 23:45 (hace 15 años 1 meses 15 días)
te pongo el párrafo de la Norma de Calidad donde hace referencia a los ácidos grasos.
Espero que te sirva de ayuda.
La Norma completa puedes descargártela entera en pdf en nuestra web www.ibericoextremadura.com, en la sección de legislación.
Un saludo.
Disposición transitoria quinta. Ácidos grasos para la
verificación del control de la alimentación.
Durante la campaña que comience en el año de entrada
en vigor de este real decreto y únicamente para los casos en
que la designación del factor alimentación haya sido realizada
por entidades de inspección no acreditadas, el factor
alimentación se verificará, en el caso de «bellota» y «recebo»,
a través del análisis para la determinación de la composición
de ácidos grasos de los lípidos totales del tejido adiposo
subcutáneo de cerdos «Ibéricos», de acuerdo con lo
establecido en la Orden APA/3795/2006, de 11 de diciembre,
por la que se modifica la Orden APA/213/2003, de 10 de
febrero, por la que se establecen normas de desarrollo del
Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se
aprueba la Norma de calidad para el jamón ibérico, paleta
ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España.
Cuando la designación de la alimentación contemplada
en el informe de inspección y la obtenida de los
resultados del análisis de ácidos grasos no coincida, y se
hayan realizado un mínimo de cuatro inspecciones en
campo para la designación «bellota» y tres para la designación
«recebo» siendo favorables los informes de campo
de cada una de las visitas realizadas, se asignará a dichos
productos la designación establecida por la entidad de
inspección en dichos informes.
Excepcionalmente, y siempre dentro de la primera campaña,
la autoridad competente de la comunidad autónoma
donde esté ubicada la explotación, cuando detecte anomalías,
podrá establecer que prevalezca el análisis de ácidos
grasos sobre los resultados de las inspecciones en campo,
en su ámbito territorial y, en su caso, en aquel ámbito territorial
en el que, una vez comunicada la excepcionalidad, su
autoridad competente así lo determine, para la asignación a
los productos de la designación «bellota» y «recebo».
No obstante los resultados no coincidentes se comunicarán
a la entidad de inspección, a la autoridad competente
y a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) para
su conocimiento, control estadístico y, en su caso, adopción
de las medidas oportunas.
3 05-mar-2010 8:57 (hace 15 años 1 meses 14 días)
Por favor Maria, explicame que es Productores IbericoExtremadura S.A.
Y dime si la Asociacion con la que comenzasteis no tiene nada que ver con Productores IbericoExtremadura S.A, si en cartas que mandais a asociados a la Asociación poneis.... "En caso contrario de no realizar la reserva de los productos curados, los productos pasarán automaticamente a la clasificación por pesos para su comercialización por parte de Productores IbericoExtremadura S.A"
Como es eso?
Un saludo
4 05-mar-2010 17:14 (hace 15 años 1 meses 14 días)
No obstante gracias.
Buen fin de semana.
5 05-mar-2010 20:40 (hace 15 años 1 meses 14 días)
Si no es así, no creo que Maria, el SR. Caballero, David C, u otros tantos tengan ningun problema en resolver dudas, crear un tablón de anuncios, algun foro..
Y terminando... crees que pasaremos un buen fin de semana? Pues yo creo que yo, con el ganado al raso estaré al acecho de buitres.
Buenas noches
6 05-mar-2010 21:35 (hace 15 años 1 meses 14 días)
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