El pleno respaldó el martes el acuerdo con los Estados miembros para la revisión de la Directiva sobre emisiones industriales -con 393 votos a favor, 173 en contra y 49 abstenciones- y la creación del nuevo Portal de Emisiones Industriales -506 votos a favor, 82 en contra y 25 abstenciones-.
En relación con ls explotaciones ganaderas, los colegisladores acordaron que la directiva también se aplicará a las explotaciones porcinas con más de 350 unidades de ganado mayor (LSU), quedando excluidas las granjas que crían cerdos de manera extensiva u orgánica y en el exterior durante una parte significativa del año. En el caso de las aves de corral, la norma se aplicará a las explotaciones con gallinas ponedoras con más de 300 LSU y a las explotaciones con pollos de engorde con más de 280 LSU. Para las explotaciones que crían cerdos y aves de corral, el límite será de 380 LSU.
La directiva hasta la fecha vigente (Directiva 2010/75) acuerda unos valores para las granjas de porcino de más de 2000 cerdos de producción (más de 30 kilos) o con más de 750 madres, granjas avícolas con más de 40 000 aves y granjas de más de 750 unidades de ganado (LSU).
La Comisión evaluará, a más tardar el 31 de diciembre de 2026, si es necesario tomar medidas adicionales respecto a las emisiones de la ganadería, incluido el ganado vacuno, así como la introducción de una cláusula de reciprocidad para garantizar que los productores no europeos cumplan requisitos similares al exportar a la UE.
La ley debe ahora ser adoptada por el Consejo, antes de su publicación en el Diario Oficial de la UE y su entrada en vigor veinte días después. A continuación, los Estados miembros dispondrán de veintidós meses para trasladar los cambios a la legislación nacional.
12 de marzo de 2024/ PE/ Unión Europea.
https://www.europarl.europa.eu