Sígfrid López y Carmen Valverde. Adiveter s.l. España.
23-sep-2005 (hace 19 años 3 meses 1 días)Después de la crisis de los pollos y huevos belgas con dioxinas, la Comisión
Europea (CE) ha dado luz verde a una norma que entrará en vigor en enero
próximo y que establece los niveles máximos de esta sustancia. Una
gran parte de la población europea, consume más dioxinas de las
fijadas, pero los expertos aseguran que '
esto no significa necesariamente
un riesgo apreciable para la salud'.
Toxicidad
Debido a la diferente toxicidad de los distintos isómeros se ha definido
el concepto de Factor de Equivalencia Tóxica (TEQ), que consiste en asignar
para cada isómero una toxicidad relativa en términos de la cantidad
equivalente de la dioxina. La utilidad del término TEQ es que se puede
expresar el resultado de un análisis de dioxinas con un valor numérico
que representa la toxicidad de una mezcla compleja de dioxinas y furanos.
El Comité Científico de la Alimentación Humana (CCAH),
tras un estudio llevado a cabo sobre los riesgos para la salud pública
que se derivan de la ingesta de dioxinas y PCBs (Policlorobifenilos) en los
alimentos, aprobó el 30 de mayo de 2001 un dictamen en el que se fija
una ingesta semanal tolerable (IST) para las dioxinas y los PCB similares a
dioxinas equivalente a 14 pg de equivalente tóxico (EQT-OMS) por kg de
peso corporal. Esta cifra está en consonancia con la ingesta mensual
tolerable de 70 pg por kg de peso corporal establecida recientemente por el
Comité de expertos conjunto FAO/OMS sobre aditivos alimentarios.
El CCAH concluyó que la ingesta humana media de dioxinas y PCBs similares
a dioxinas en los países europeos se estimaba en 1,2 a 3,0 pg/kg de peso
corporal/día, lo que significa que una parte considerable de la población
europea sobrepasa lo que se considera tolerable desde el punto de vista toxicológico.
Los huevos belgas contaminados tenían hasta 20.000 veces más
PCB, la sustancia precursora de las dioxinas en los seres vivos. Bruselas prevé,
además, revisar a la baja tales niveles en 2006 con el fin de presionar
para que los niveles de dioxina se reduzcan más todavía en toda
Europa.
Las personas se ven expuestas, principalmente a través de los alimentos
(>90%), siendo los alimentos de origen animal los que contribuyen mayoritariamente.
Las dioxinas presentes en los alimentos de origen animal se derivan de la alimentación
recibida por los animales, producida a su vez como resultado de la contaminación
ambiental. Una vez en el organismo, las dioxinas son acumuladas preferentemente
en el hígado y el tejido adiposo, siendo la metabolización y la
excreción muy lenta, lo cual permite su bioacumulación.
Concretamente, la CE alerta sobre el pescado y el aceite de pescado, productos
en los que se detectan las más altas dosis de dioxinas, e hizo un llamamiento
a los productores sobre la conveniencia de vigilar dichos niveles. Con todo,
la información de los niveles de dioxinas detectados en los alimentos
de los países de la Unión Europea y que ha servido de base documental
para la decisión actual de los expertos ha permitido comprobar que el
nivel de contaminación por dioxinas se está reduciendo paulatinamente
en Europa en los últimos años.
Además, la exposición en la población en general a través
de la alimentación humana es relativamente uniforme. Sin embargo, alimentos
recogidos y producidos en ambientes locales, contienen diferentes niveles de
DLCs.
Tipo
de área |
Concentración
en suelo (pgteq/g) |
Concentración
en aire (fgteq/m3) |
Área
Rural |
<10
|
<70
|
Área Urbana
|
10-30
|
10-350
|
Área Industrial
|
30-300
|
360-420
|
Áreas cercanas
a fuentes de contaminación |
100-80.000
|
350-1600
|
Limites máximos
Se han confeccionado unas tablas con los niveles máximos de dioxinas
permitidos en cada uno de los productos (pollos, carnes diversas, grasas, aceites,
huevos, vegetales). Dichas tablas se han establecido tanto para los alimentos
humanos como para alimentación animal. Esta forma de medir la cantidad
de dioxinas en consumo diario o semanal máximo se debe al hecho de que
esta sustancia entraña riesgo por acumulación.
La nueva propuesta (2202/201/EC) considera conveniente efectuar un control periódico
de los contenidos de dioxinas y de PCB similares a las dioxinas en estos alimentos
Para la leche y productos lácteos, incluida la grasa láctea y los
huevos de gallina y ovoproductos, se han fijado unos contenidos máximos
de 2 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa. En cuanto a los aceites y grasas, los límites
varían. Así, para las grasas animales procedentes de rumiantes se
ha establecido en 2 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa, para las aves de corral y caza de
cría y las grasas animales mezcladas se establece un límite de 1,5
pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa y en 0,6 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa para las de cerdo.
Para la carne procedente de estas especies animales, los límites establecidos
coinciden con los de grasa animal. Los contenidos para los aceites son variables,
dependiendo de si se trata de aceites vegetales (0,5 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa)
o aceite de pescado destinado al consumo humano (1,5 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa).
Para frutas, vegetales y cereales se han fijado límites de 0.4 ng WHO-PCD/F-TEQ/g
producto.