Dioxinas 5 - Dioxinas en ingredientes para alimentación humana

Sígfrid López y Carmen Valverde. Adiveter s.l. España.

23-sep-2005 (hace 19 años 3 meses 1 días)
Después de la crisis de los pollos y huevos belgas con dioxinas, la Comisión Europea (CE) ha dado luz verde a una norma que entrará en vigor en enero próximo y que establece los niveles máximos de esta sustancia. Una gran parte de la población europea, consume más dioxinas de las fijadas, pero los expertos aseguran que 'esto no significa necesariamente un riesgo apreciable para la salud'.

Toxicidad
Debido a la diferente toxicidad de los distintos isómeros se ha definido el concepto de Factor de Equivalencia Tóxica (TEQ), que consiste en asignar para cada isómero una toxicidad relativa en términos de la cantidad equivalente de la dioxina. La utilidad del término TEQ es que se puede expresar el resultado de un análisis de dioxinas con un valor numérico que representa la toxicidad de una mezcla compleja de dioxinas y furanos.

El Comité Científico de la Alimentación Humana (CCAH), tras un estudio llevado a cabo sobre los riesgos para la salud pública que se derivan de la ingesta de dioxinas y PCBs (Policlorobifenilos) en los alimentos, aprobó el 30 de mayo de 2001 un dictamen en el que se fija una ingesta semanal tolerable (IST) para las dioxinas y los PCB similares a dioxinas equivalente a 14 pg de equivalente tóxico (EQT-OMS) por kg de peso corporal. Esta cifra está en consonancia con la ingesta mensual tolerable de 70 pg por kg de peso corporal establecida recientemente por el Comité de expertos conjunto FAO/OMS sobre aditivos alimentarios.

El CCAH concluyó que la ingesta humana media de dioxinas y PCBs similares a dioxinas en los países europeos se estimaba en 1,2 a 3,0 pg/kg de peso corporal/día, lo que significa que una parte considerable de la población europea sobrepasa lo que se considera tolerable desde el punto de vista toxicológico.

Los huevos belgas contaminados tenían hasta 20.000 veces más PCB, la sustancia precursora de las dioxinas en los seres vivos. Bruselas prevé, además, revisar a la baja tales niveles en 2006 con el fin de presionar para que los niveles de dioxina se reduzcan más todavía en toda Europa.

Las personas se ven expuestas, principalmente a través de los alimentos (>90%), siendo los alimentos de origen animal los que contribuyen mayoritariamente. Las dioxinas presentes en los alimentos de origen animal se derivan de la alimentación recibida por los animales, producida a su vez como resultado de la contaminación ambiental. Una vez en el organismo, las dioxinas son acumuladas preferentemente en el hígado y el tejido adiposo, siendo la metabolización y la excreción muy lenta, lo cual permite su bioacumulación.

Concretamente, la CE alerta sobre el pescado y el aceite de pescado, productos en los que se detectan las más altas dosis de dioxinas, e hizo un llamamiento a los productores sobre la conveniencia de vigilar dichos niveles. Con todo, la información de los niveles de dioxinas detectados en los alimentos de los países de la Unión Europea y que ha servido de base documental para la decisión actual de los expertos ha permitido comprobar que el nivel de contaminación por dioxinas se está reduciendo paulatinamente en Europa en los últimos años.

Además, la exposición en la población en general a través de la alimentación humana es relativamente uniforme. Sin embargo, alimentos recogidos y producidos en ambientes locales, contienen diferentes niveles de DLCs.

Tipo de área Concentración en suelo (pgteq/g) Concentración en aire (fgteq/m3)
Área Rural <10 <70
Área Urbana 10-30 10-350
Área Industrial 30-300 360-420
Áreas cercanas a fuentes de contaminación 100-80.000 350-1600

Limites máximos
Se han confeccionado unas tablas con los niveles máximos de dioxinas permitidos en cada uno de los productos (pollos, carnes diversas, grasas, aceites, huevos, vegetales). Dichas tablas se han establecido tanto para los alimentos humanos como para alimentación animal. Esta forma de medir la cantidad de dioxinas en consumo diario o semanal máximo se debe al hecho de que esta sustancia entraña riesgo por acumulación.

La nueva propuesta (2202/201/EC) considera conveniente efectuar un control periódico de los contenidos de dioxinas y de PCB similares a las dioxinas en estos alimentos Para la leche y productos lácteos, incluida la grasa láctea y los huevos de gallina y ovoproductos, se han fijado unos contenidos máximos de 2 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa. En cuanto a los aceites y grasas, los límites varían. Así, para las grasas animales procedentes de rumiantes se ha establecido en 2 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa, para las aves de corral y caza de cría y las grasas animales mezcladas se establece un límite de 1,5 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa y en 0,6 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa para las de cerdo. Para la carne procedente de estas especies animales, los límites establecidos coinciden con los de grasa animal. Los contenidos para los aceites son variables, dependiendo de si se trata de aceites vegetales (0,5 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa) o aceite de pescado destinado al consumo humano (1,5 pg WHO-PCD/F-TEQ/g grasa).

Para frutas, vegetales y cereales se han fijado límites de 0.4 ng WHO-PCD/F-TEQ/g producto.