Este estatus sanitario único prevé, en una primera etapa, el relevamiento de los establecimientos con habilitación provincial para efectuar un diagnóstico de sus condiciones higiénico-sanitarias.
El acuerdo de colaboración mutua es parte del trabajo que lleva adelante el Senasa con los gobiernos provinciales para el desarrollo de un plan de trabajo que tiene por finalidad que todos los frigoríficos argentinos operen bajo los requisitos establecidos por el Decreto Nacional 4238/68.
Además, contempla la capacitación en criterios, metodologías de trabajo y fiscalización únicos de los frigoríficos a los supervisores, directores técnicos, jefes del servicio de inspección veterinaria, encargados de calidad y demás personal de la totalidad de las plantas.
También se instrumentarán jornadas periódicas de capacitación en inocuidad alimentaria a titulares y gerentes de plantas.
Está previsto establecer criterios de unificación entre las provincias y el Senasa para la habilitación de mataderos-frigoríficos, tomando como eje la Ley N° 27.233, el Decreto Nacional 4238/68 y el Código Alimentario Argentino.
Además, el nuevo sistema único promoverá la adecuación de los sistemas provinciales de certificación, transporte, logística y comercialización a los requisitos exigidos por la autoridad federal
14 de Junio de 2024 | Secretaría de Bioeconomía | Argentina www.argentina.gob.ar