En 2023 se modificó la normativa nacional sobre normas mínimas para la protección de los cerdos, al detectarse que la normativa vigente era insuficiente para atajar el corte de colas de manera rutinaria. La modificación no tuvo en cuenta la existencia de granjas en las que todos los animales se mantienen con las colas intactas, para lo cual han adoptado medidas motu proprio a tal efecto. Se hace necesario establecer que dichas granjas pueden mantener los animales sin la obligación de cumplir los requisitos más prescriptivos que los establecidos en la normativa de 2023, en particular en lo relativo a densidad de los animales, estableciéndose para este tipo de granjas las densidades que figuran en la directiva de 2008.
Por otra parte, y con el fin de estimular que se alcance el objetivo de cesar el raboteo de los animales, las granjas que siguen en un proceso de mejora podrán aumentar la densidad a la que se crían dos de las categorías de animales de engorde, siempre que realicen actuaciones complementarias con el fin mencionado, relacionadas con los parámetros de recomendación indicada, para evaluar el riesgo de incidencia de caudofagia, a saber: materiales de enriquecimiento suministrados, higiene, confort térmico y calidad del aire, estado sanitario, competición por los alimentos y el espacio y la dieta.

La revisión del decreto modifica la clasificación de las granjas de ganado porcino según requisitos de bienestar animal en tres tipos:
- Tipo 1: Granjas en que se mantienen todos los animales sin rabotear, ni los animales se rabotean en ellas ni se introducen animales raboteados.
- Tipo 2: Granjas en las que existen animales raboteados y que realizan actuaciones complementarias.
- Tipo 3: Resto de granjas.
Por otro lado, también define la superficie de suelo libre de la que deberá disponer cada lechón destetado o cerdo de producción criado en grupo, excluidas las cerdas y las cerdas jóvenes después de la cubrición. El nuevo texto también incorpora medidas específicas sobre espacios de aislamiento, control ambiental y establece un sistema de declaración responsable y controles anuales.
Las observaciones se recibirán hasta el próximo 09 de abril y la norma entrará en vigor el 09 de marzo de 2026, tras su tramitación y validación definitiva.
19 de marzo de 2025 | MAPA | España | https://www.mapa.gob.es