Panamá: entra en funcionamiento la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria

27 de mayo de 2021/ Boletín de Noticias del Exterior-MAPA/ España.
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31-may-2021 (hace 3 años 5 meses 25 días)

El nuevo ente se crea tras la firma del Decreto Ejecutivo N° 770 del 17 de mayo del 2021 por parte del presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, y del ministro de Salud, Luis Francisco Sucre. El director asignado a este nuevo departamento es Reynaldo Lee Mathurín.

Dentro de la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria, la unidad de Control de Alimentos será responsable de la vigilancia y control de las plantas que manejen alimentos para que cumplan las normativas de seguridad alimentaria, es decir, que sean inocuos y no afecten a la población. Por otro lado, la unidad de Vigilancia Veterinaria buscará controlar el contagio de enfermedades transmitidas de los animales al hombre.

Esta nueva Dirección del Ministerio de Salud (MINSA) tendrá compromisos en la capacitación, inspección, vigilancia de la zoonosis y la inocuidad de los alimentos, entre otras funciones. Cabe destacar que hasta ahora el Departamento de Control de Zoonosis y el Departamento de Protección de Alimentos se encontraban ubicados en el Nivel Operativo, dependiendo jerárquicamente de la Subdirección General de Salud Ambiental, dentro de la Dirección General de Salud Pública del MINSA, por lo que trabajaban por separado.

Este Decreto Ejecutivo N° 770 del 17 de mayo del 2021 se sustenta, entre otros, en la recientemente publicada Ley 206 del 30 de marzo del 2021, que crea la Agencia Panameña de Alimentos (APA) y deroga el Decreto Ley 11 de 2006, por el que se creó la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA). Mediante esta Ley le corresponde al MINSA la competencia en materia de prevención y control de los riesgos relacionados con la inocuidad de los alimentos y el control de zoonosis. [ver BNE 468] A partir del nuevo Decreto Ejecutivo 770 del 17 de mayo del 2021 se fusionarán ambos Departamentos con competencias en la salud pública, para cumplir con las funciones atribuidas en el artículo 2 de la mencionada Ley 206 de 2021, elevándolos a nivel de Dirección Nacional. De esta manera se promueve y facilita el desarrollo de actividades de los sectores agropecuario, pesquero, industrial, comercial y logístico nacional; contribuyendo así al bienestar humano sostenible, la competitividad y a la economía nacional, así como también al control y vigilancia de las enfermedades zoonóticas.