29 de noviembre de 2018 - Junta de Extremadura
30-nov-2018 (hace 6 años 22 días)La consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, Begoña García ha calificado como “histórica” la sentencia dictada por el Tribunal General de la Unión Europea, que reconoce la singularidad de la dehesa y anula la sanción impuesta al reino de España por supuestas irregularidades en pagos por ayudas a la dehesa, y que el Gobierno central había repercutido esa cantidad entre 11 Comunidades Autónomas correspondiendo el importe más elevado a Extremadura. Esta decisión judicial tiene lugar tras el recurso de anulación que en su día presentó España, a instancias, entre otros de la Junta de Extremadura, contra la Decisión de la Comisión Europea excluir de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados con cargo a FEADER y FEAGA, y que afecta a las superficies de pastos permanentes declaradas en las campañas 2009 a 2013.
La consejera ha indicado que esta decisión es ‘’muy importante’’ desde el punto de vista económico, pero, a su juicio, también implica un reconocimiento ‘’claro’’, incluso a nivel judicial, de la singularidad de la dehesa y de la imperiosa necesidad de que este ecosistema, que es modelo de desarrollo sostenible, sea reconocido y tratado de manera diferencial en la reforma de la PAC que está en marcha. En este sentido, ha explicado que las dehesas del sur de Europa están frenando el creciente deterioro de la capa de ozono, un freno frente al cambio climático y la agricultura y el ganado que se cría en extensivo en las dehesas produce unos alimentos sanos y de una calidad excepcional. Y ante ello, se está pidiendo ese tratamiento singular en la nueva PAC y ‘’esta sentencia de esta misma mañana creemos que es un paso señalado en esa dirección’’.
La sentencia dictada por el Tribunal General de la Unión Europea, publicitada en el día de hoy, señala que no se pueden extrapolar los datos y deficiencias detectados en los bosques del norte de Burgos a la dehesa, por presentarse como realidades completamente diferentes en cuanto a su calificación como pastos, y es por ello que devuelve a la Comisión Europea su decisión, para que vuelva a recalcular las correcciones que, en su caso, deban aplicarse, pero ahora tomando en consideración las particularidades de la dehesa y la absoluta improcedencia de aplicar ese desmedido importe de corrección.
Esta decisión judicial tiene lugar tras el recurso de anulación que en su día presentó España, a instancias entre otros de la Junta de Extremadura, contra la Decisión de la Comisión Europea excluir de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados con cargo a FEADER y FEAGA, y que afecta a las superficies de pastos permanentes declaradas en las campañas 2009 a 2013.