La UE adopta una nueva normativa sobre fertilizantes

Martes, 21 de mayo de 2019/ Consilium/ Unión Europea.
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22-may-2019 (hace 5 años 6 meses 25 días)

El Consejo ha adoptado hoy un Reglamento que armoniza los requisitos para los fertilizantes producidos a partir de minerales fosfatados y de materias primas orgánicas o secundarias y abre así nuevas posibilidades de producción y comercialización a gran escala. Además, el Reglamento fija límites armonizados para una serie de contaminantes presentes en los fertilizantes minerales, por ejemplo el cadmio.

Según Niculae Bădălău, ministro de Economía de Rumanía, "Esta nueva normativa garantizará que solo puedan venderse libremente en toda la UE los abonos que cumplan requisitos y normas de alta calidad y seguridad a escala de la UE. Los contaminantes presentes en los productos fertilizantes fosfatados de la UE, como el cadmio, pueden suponer un riesgo para la salud humana, animal o vegetal, para la seguridad o para el medio ambiente, por lo que se ha limitado su contenido por medio de las nuevas normas. Estas impulsarán la producción y el uso de abonos fosfatados con bajo contenido de cadmio y de abonos orgánicos, y ofrecerán mayor variedad a los agricultores orientados hacia una agricultura más respetuosa con el medio ambiente".

De acuerdo con el Reglamento, los productos fertilizantes de la UE que lleven el marcado CE habrán de cumplir una serie de condiciones para acogerse a la libertad de circulación en el mercado interior de la UE. Entre ellas cabe citar niveles máximos obligatorios para contaminantes, el empleo de categorías de materiales componentes definidas y requisitos de etiquetado.

Los fabricantes de fertilizantes que no lleven el marcado CE tendrán aún la posibilidad de comercializar sus productos a escala nacional.

El nuevo Reglamento, que sustituye al Reglamento de 2003 relativo a los abonos, incluye todos los tipos de fertilizantes (minerales, orgánicos, enmiendas del suelo, medios de cultivo, etc.).

Próximas etapas

El Reglamento aún está pendiente de su firma y publicación en el Diario Oficial de la UE. Entrará en vigor a los veinte días de su publicación. Empezará a aplicarse a los tres años de su entrada en vigor.